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Breves comentarios sobre el acta de misión o términos de referencia en el arbitraje
Por: Alberto J. Rosales R.
Aunque todos los arbitrajes, especialmente los arbitrajes comerciales internacionales, son diferentes debido a la gran flexibilidad del arbitraje, hay elementos comunes como son la existencia de una clausula arbitral, tribunal arbitral – compuesto de uno o varios árbitros – , el laudo arbitral y el acta de misión o términos de referencia. La cláusula arbitral es la piedra angular del arbitraje comercial, porque es en ella donde las partes manifiestan su interés en sustraerse de la jurisdicción ordinaria y someter cualquier disputa que pueda surgir entre ellas a la jurisdicción arbitral. Los árbitros son las personas designadas por las partes para resolver la disputa que surge entre ellas y que está vinculada a la cláusula arbitral. Por último, está el laudo arbitral que es la decisión vinculante adoptada por el tribunal arbitral.
Ahora bien, en el momento de surgir dicha disputa y luego de la constitución del tribunal arbitral, las partes establecen el alcance del tribunal arbitral mediante el acta de misión o términos de referencia. Es en este momento, cuando se instala o constituye el tribunal arbitral o con posterioridad a este acto que las partes detallan sus pretensiones en disputa en el acta de misión o hoja de términos. (…)