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La validez de la cláusula arbitral en una operación de swap derivada de un contrato marco de operaciones financieras (CMOF)

Por: Francisco G. Prol

El Tribunal Supremo (“TS”) ha dictado recientemente (27 de junio de 2017) una sentencia (de aquí en adelante “la Sentencia”) en la que fija su posición en relación con varios problemas relacionados con la validez del pacto arbitral.

En la Sentencia nuestro Tribunal Supremo decide sobre los sucesivos recursos interpuestos contra la decisión del Juzgado de 1ª Instancia nº 12 de los de Murcia, sobre una declinatoria interpuesta por Banco Popular, a raíz de una demanda de Agrumexport, S.A., en la que ésta solicita la nulidad de los “contratos financieros” suscritos entre esta compañía y Banco Popular. El mencionado Juzgado de 1ª Instancia declara no haber lugar a la declinatoria y estima parcialmente la demanda de Agrumexport, S.A., anulando el contrato de put (no así el de swap) celebrado entre las partes.

La decisión del juzgado de 1ª Instancia fue confirmada por la Audiencia de Murcia, que en su sentencia de 7 de julio de 2014 expone una serie de argumentos que han tenido gran influencia en la decisión final de la Sentencia que ahora comentamos. En particular, la Sentencia manifiesta el acuerdo de nuestro más alto tribunal con la interpretación que la decisión de la Audiencia Provincial hace de la repercusión que puede tener para el caso el hecho que el CMOF deba ser considerado como un contrato de adhesión.

Estos comentarios tienen por objeto realizar un breve examen de los puntos más relevantes que se tratan en la Sentencia y analizar las conclusiones a las que llega nuestro más alto tribunal. Para mayor comodidad del lector, se sigue el mismo orden en el que los diferentes temas a comentar han sido expuestos en los Fundamentos de Derecho de la Sentencia

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